Imagina una inspección de seguridad. El técnico llega a tu empresa, mira los extintores del pasillo y te pregunta cuándo fue la última revisión. Abres la carpeta de documentos… y no encuentras nada. O peor: encuentras un certificado con fecha de hace tres años.
Eso es una infracción. Y puede costarte desde 600 euros hasta el cierre temporal del local.
El mantenimiento de extintores es obligatorio por ley en todas las empresas, sin excepción. No importa si tienes un local de 20 m² o una nave industrial de 2.000. La normativa no distingue tamaños, solo distingue entre quienes cumplen y quienes no.
Aquí tienes lo que necesitas saber: plazos exactos, qué incluye cada revisión, quién puede hacerla y qué pasa si no lo haces.
Qué dice la ley: el RIPCI y el Real Decreto 513/2017
La normativa de referencia en España es el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), aprobado por el Real Decreto 513/2017. Es el texto que establece con exactitud qué revisiones son obligatorias, cada cuánto y quién debe realizarlas.
Junto al RIPCI, aplica la Ley 21/1992 de Industria, que es la que fija el régimen de sanciones cuando no se cumple.
Lo importante: la responsabilidad es siempre del titular de la actividad. Da igual que hayas delegado el mantenimiento en alguien de tu equipo o que «nadie te haya avisado». Si llega una inspección y los extintores no están en regla, quien responde eres tú.
Cada cuánto hay que revisar los extintores: los 4 plazos
El RIPCI establece cuatro niveles de revisión con frecuencias distintas:
| Frecuencia | Qué se comprueba | Quién puede hacerlo |
|---|---|---|
| Mensual | Accesibilidad, señalización, estado visual del cilindro | El propio titular o encargado |
| Trimestral | Estado de carga, presión del manómetro, partes mecánicas | El titular o empresa mantenedora |
| Anual | Revisión técnica completa: carga, presión, agente extintor, partes mecánicas | Empresa mantenedora autorizada (obligatorio) |
| Cada 5 años | Retimbrado: prueba hidráulica de presión del cilindro | Empresa mantenedora autorizada (obligatorio) |
La revisión mensual y trimestral puede hacerlas tu propio personal. Las revisiones anuales y el retimbrado de los 5 años solo puede realizarlas una empresa mantenedora habilitada. Si las hace alguien sin la autorización correspondiente, no tienen validez legal.
Además, la vida útil de un extintor es de 20 años. A partir de ese momento, hay que sustituirlo. En ese periodo, el retimbrado se realiza un máximo de tres veces.
Qué pasa si no tienes los extintores revisados
No es solo una cuestión de multas. Aunque las multas son el primer argumento que todo el mundo cita, hay tres consecuencias que en la práctica salen más caras.
Las sanciones económicas
Según la Ley 21/1992 de Industria y el régimen sancionador del RIPCI, las infracciones se clasifican en tres niveles:
- Leves: multas de hasta 3.000 €. Típicamente por retrasos cortos o documentación incompleta.
- Graves: multas de entre 3.001 y 90.000 €, más posible clausura temporal. Aplica cuando no se ha realizado el mantenimiento durante varios periodos o los equipos instalados no están homologados.
- Muy graves: hasta 600.000 €, suspensión de actividad entre 6 meses y 2 años. Para casos donde se pone en riesgo la seguridad pública de forma directa.
Un extintor caducado encontrado en una inspección rutinaria puede empezar en infracción grave directamente, sobre todo si hay varios afectados.
El seguro que no cubre
Esto es lo que más sorprende. Si hay un incendio en tu empresa y se demuestra que los extintores no estaban correctamente revisados, tu aseguradora puede negarse a pagar. Los contratos de seguro de responsabilidad civil y de daños materiales suelen incluir cláusulas que anulan la cobertura cuando se incumple la normativa de protección contra incendios.
La responsabilidad penal
En casos graves con víctimas, el incumplimiento del mantenimiento obligatorio puede derivar en responsabilidad penal por negligencia. No es el escenario habitual, pero existe.
Qué incluye una revisión anual correcta
Cuando contratas una empresa mantenedora para la revisión anual, el técnico debe comprobar como mínimo:
- Que el extintor está correctamente ubicado y señalizado, con la parte superior a no más de 1,20 metros del suelo.
- El estado de la carga: peso y presión según especificaciones del fabricante.
- El estado del agente extintor (polvo, CO₂, agua, espuma).
- El estado de todas las partes mecánicas: válvula, manguera, boquilla, precinto y pasador de seguridad.
- La legibilidad de la etiqueta con instrucciones de uso.
Al terminar, la empresa debe entregarte un certificado acreditativo con fecha, nombre de la empresa mantenedora y próxima revisión prevista. Ese certificado hay que guardarlo. Es lo primero que pide una inspección.
Documentación que debes tener siempre a mano
Muchas sanciones no vienen por tener los extintores en mal estado, sino por no poder demostrar que están en buen estado. La carga de la prueba es tuya.
Lo que necesitas tener accesible:
- Certificados de la revisión anual de cada extintor (firmados por empresa autorizada).
- Registros de las revisiones trimestrales realizadas internamente.
- Acta del retimbrado, si ya se ha cumplido el primer ciclo de 5 años.
- Etiqueta de mantenimiento visible en cada extintor, con la fecha de la última revisión y la empresa que la realizó.
Si en algún momento tienes que usar un extintor, hay que comunicarlo a la empresa mantenedora para recargarlo antes de la próxima revisión ordinaria.
Quién gestiona el mantenimiento en tu empresa
En muchas pymes, el mantenimiento de extintores acaba cayendo en la lista de «cosas que hay que hacer» y nadie sabe exactamente quién es el responsable. Eso es un riesgo.
Lo más práctico es contratar un servicio de mantenimiento anual con una empresa autorizada. Ellos se encargan de avisarte cuando toca la revisión, realizar la inspección, emitir los certificados y actualizar las etiquetas. Tú conservas los documentos y ya está.
El coste de este servicio es pequeño comparado con el de una sanción. Y te evita la preocupación de tener que llevar el control internamente.
Extintores y BIEs: si tienes bocas de incendio equipadas, también aplica
Si tu empresa o nave industrial tiene bocas de incendio equipadas (BIEs), la normativa de mantenimiento es igualmente estricta. Las BIEs requieren revisión trimestral y anual, también por empresa mantenedora autorizada, y su inspección quinquenal incluye prueba de estanqueidad de la manguera.
Si tienes cualquier duda sobre qué sistemas de protección contra incendios tienes instalados y cuáles están en regla, lo más rápido es pedirle a tu empresa de seguridad una auditoría de instalaciones de protección contra incendios.
Resumen: lo que no puedes olvidar
- El mantenimiento de extintores es obligatorio por el Real Decreto 513/2017 (RIPCI).
- Hay revisiones mensuales, trimestrales, anuales y cada 5 años. Las dos últimas, solo por empresa autorizada.
- La vida útil de un extintor es de 20 años.
- Sin revisiones al día: multas de hasta 90.000 €, clausura temporal y posible anulación del seguro.
- La responsabilidad es siempre del titular de la actividad.
- Guarda siempre los certificados. Son tu única prueba ante una inspección.
Si quieres asegurarte de que tus extintores y tu sistema antiincendios están completamente en regla, nuestro equipo técnico puede hacer una revisión de tus instalaciones. Gestionamos el mantenimiento anual para empresas del Penedès y el área metropolitana de Barcelona, con toda la documentación incluida.